El profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Abat Oliba CEU, Pablo Nuevo, considera que el expediente sancionador planteado por el presidente Quim Torra al arzobispado de Barcelona es «dudoso e inconstitucional».
Torra anunció que abriría el expediente sancionador debido a la misa celebrada en la Sagrada Familia en memoria de las víctimas del coronavirus sin en aval de Procicat y el Govern.
«El derecho a la libertad religiosa y de culto es un derecho fundamental que no se puede limitar ni en el estado de alarma», ha explicado Nuevo en declaraciones a Europa Press, ya que esta normativa cuenta con una ley orgánica especial y su limitación pasaría por una modificación de la ley orgánica.
Ha recordado que esta modificación debería hacerse en las Cortes Generales y con aplicación en todo el Estado, mientras que la Generalitat solo ha modificado una ley autonómica de salud pública con un decreto ley que establece la posibilidad de limitar determinados derechos, como el de reunión y libertad religiosa: «Es, a mi juicio, inconstitucional».
Culto no, turismo sí
Nuevo ha lamentado que el Govern haya limitado un aforo de 10 personas en los lugares de culto -sin tener en cuenta el aforo-, mientras que ha autorizado la apertura de la Sagrada Família para usos turísticos y culturales con un aforo del 50%, lo que «parece un sinsentido».
«Creo que el expediente sancionador plantea bastantes dudas jurídicas», ha seguido Nuevo, que vaticina que, si la sanción se lleva a término, los tribunales acabarán anulándola, aunque ya se habrá dado un mensaje respecto a la libertad de culto, y ha reiterado que para ejercer los derechos fundamentales no hace falta pedir permiso.