Trànsit recomienda que el casco y un seguro sean obligatorios para los conductores de patinetes eléctricos

El servicio autonómico de tráfico publica una ordenanza tipo para que los ayuntamientos adapten sus normas para los VMP

Hombre circulando en patinete eléctrico
Trànsit recuerda que los patinetes eléctricos tienen prohibida la circulación por vías interurbanas.

El Servei Català de Trànsit impulsa un modelo de ordenanza de regulación común de los patinetes eléctricos en pueblos y ciudades con el objetivo de homogeneizar las normativas municipales de Cataluña sobre estos elementos que tanto han proliferado en los últimos años en la movilidad urbana. Según ha informado la Generalitat en un comunicado, «se trata de un redactado básico, a modo de ordenanza tipo para guiar y facilitar a los municipios la inclusión de la regulación de los vehículos de movilidad personal (VMP) en sus ordenanzas de movilidad y a la vez simplificar y clarificar la información sobre los derechos y deberes de los usuarios de los patinetes eléctricos». Otro de los objetivos es «promover una movilidad urbana más segura para todos los colectivos, una mejor convivencia entre los diferentes modos de transporte y protección de los más vulnerables como los peatones».

Entre otras recomendaciones, el documento apunta a que se fije en los 16 años la edad mínima para conducir estos vehículos. Además, se propone que el uso del casco sea obligatorio, así como la contratación de un seguro de responsabilidad civil. La ordenanza aclara también cuáles deberían ser los espacios para estos VMP y, en este sentido, que estos vehículos no deberían circular por las aceras, ramblas o paseos. Tampoco deberían poder circular por aquellas zonas en las que los peatones tienen preferencia. Quedarían, pues, como vías recomendables los carriles bici y las zonas con una velocidad máxima de circulación de 30 km/hora. El resto de recomendaciones pueden consultarse en este enlace.

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