El próximo jueves 24 el Pleno del Congreso aprobará la Ley, propuesta por PSOE y UP, creando tres impuestos extraordinarios: uno sobre energéticas (eléctricas y petroleras), otro sobre bancos y otro sobre las grandes fortunas. Hoy vamos a hablar del impuesto a las eléctricas.
EN QUÉ CONSISTE EL IMPUESTO A LAS ELÉCTRICAS
Con el argumento de que, a causa de la extraordinaria subida de los precios de la energía eléctrica, las empresas eléctricas están obteniendo beneficios extraordinarios, el Gobierno ha creado un impuesto nuevo sobre estas compañías, a aplicar sobre las cifras de 2022 y 2023.
El impuesto se exigirá por el Estado en toda España. Sin embargo, hay un plazo de 3 meses para decidir cómo será la participación del País Vasco y Navarra en este impuesto.
Las eléctricas sujetas al impuesto son las que tuvieron en España en 2019 un importe neto de cifra de negocios superior a 1.000 millones de euros. Unas cinco empresas.
La base imponible es el importe neto de la cifra de negocio en España en 2022 y en 2023. Se excluyen de la base imponible: a) los ingresos de las filiales en el extranjero, cosa obvia pues el Estado español no tiene potestad tributaria sobre esos ingresos; b) los ingresos del mercado regulado (tarifa PVPC); y c) los ingresos de las instalaciones de generación con retribución regulada en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla. Estas tres exclusiones fueron fruto de una enmienda de PNV y PDeCat aceptada este jueves 17.
El tipo de gravamen es el 1,20%.
En febrero de 2023 las empresas deberán hacer un pago a cuenta igual al 50% del importe del impuesto. En septiembre, después de aprobadas las cuentas, presentarán la declaración y liquidación definitiva.
La recaudación prevista, entre eléctricas y petroleras, es de unos 2.000 millones anuales. Esta cifra se verá algo disminuída por las exclusiones referidas.
EL IMPUESTO NO TIENE NADA QUE VER CON LOS BENEFICIOS
Lo más asombroso de este Impuesto es que no tiene nada que ver con los beneficios en España, ni ordinarios ni extraordinarios. Pasa lo mismo con petroleras y bancos. El impuesto se aplica sobre el importe neto de la cifra de negocios en España, es decir, sobre la facturación. De este modo, es posible que una empresa en pérdidas o con beneficios decrecientes tenga que pagar el impuesto. Inaudito.
QUÉ SON LOS BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS
En todo caso, interesa saber si las eléctricas están obteniendo realmente beneficios extraordinarios en España. Antes de nada, hay que saber qué se entiende por beneficios extraordinarios. Para ello, nada mejor que acudir al criterio de la Comisión Europea en su Propuesta (aún no aprobada) de impuesto sobre beneficios extraordinarios de las petroleras en 2022. En dicha Propuesta se califica como beneficio extraordinario del 2022 el importe que exceda del 120% de la media de los beneficios obtenidos en el trienio 2019, 2020 y 2021. Y se propone gravar dicho beneficio extraordinario al 33%. Está muy claro.
Vamos a ver si, aplicando este criterio de la UE, las eléctricas españolas han obtenido beneficios extraordinarios en España. Tomamos los datos de los informes financieros publicados por Iberdrola, Endesa y Naturgy.
IBERDROLA
Beneficio mundial en el trienio: en 2019, 3.406 millones de euros; en 2020, 3.611 millones; en 2021, 3.885 millones. La media es 3.634 millones. El 120% de esa media es 4.361 millones.
¿Cuál ha sido el beneficio de 2022? Sabemos el de los 9 primeros meses: 3.104 millones. Extrapolando a todo el año, nos salen 4.139 millones. Inferior al 120% de la media del trienio.
Así pues, tomando beneficios mundiales, en Iberdrola no hay beneficios extraordinarios.
Hay que indicar que lo que interesa para nuestro cálculo es el beneficio obtenido en España. La actividad de Iberdrola en España está en torno al 35-40% de su actividad mundial. No tenemos datos exactos del beneficio atribuible a España. Pero Iberdrola ha informado que en los 9 meses de 2022 el beneficio en España ha sido un 14% inferior al de los 9 meses de 2021. ¿A qué se debe esto? Según Iberdrola, a que hay muchos clientes que tienen contratada una tarifa plana inferior al precio de la subasta diaria. Y, para atender la demanda de esos clientes, Iberdrola ha tenido que comprar energía en dicha subasta.
Así pues, tomando beneficios en España, tampoco hay beneficios extraordinarios en 2022.
ENDESA
Podemos asumir que todo el beneficio procede de su actividad en España.
Beneficio neto ordinario en el trienio: en 2019, 1.562 millones; en 2020, 2.132 millones; en 2021, 1.902 millones. La media es 1.865 millones. El 120% de esa media es 2.238 millones.
¿Cuál ha sido el beneficio neto ordinario de 2022? Sabemos el de los 9 primeros meses: 1.469 millones. Extrapolando a todo el año salen 1.959 millones. Inferior al 120% de la media del trienio.
Así pues, en Endesa tampoco hay beneficios extraordinarios en 2022.
NATURGY
Beneficio neto ordinario en el trienio: en 2019, 1.313 millones; en 2020, 872 millones; en 2021, 1.231 millones. La media es 1.139 millones. El 120% de esa media es 1.366 millones.
¿Cuál ha sido el beneficio neto ordinario de 2022? Sabemos el de los 9 primeros meses: 1.061 millones. Extrapolando a todo el año nos salen 1.415 millones. Supera en 49 millones el 120% de la media del trienio. Esta cifra es la que según el criterio UE, se podría gravar al 33%.
Sin embargo, hay que indicar que lo que interesa para nuestro cálculo es el beneficio obtenido en España. La actividad de Naturgy en España es algo menos de la mitad del total. No tenemos datos exactos del beneficio atribuible a España. Pero Naturgy ha informado que la actividad en España se ha visto lastrada por el incremento de los costes, por razones análogas a las de Iberdrola.
Todo apunta a que en Naturgy tampoco hay beneficios extraordinarios en España en 2022.
NUESTROS COMENTARIOS
1.El argumento de los beneficios extraordinarios utilizado por el Gobierno no se sostiene. Por una razón simple: las eléctricas españolas no tienen beneficios extraordinarios en España en 2022.
2.El Gobierno ha rechazado las enmiendas que defendían un impuesto como el que quiere la UE, es decir, un impuesto sobre los beneficios extraordinarios. Y es que así no se recaudaría nada. Es fantástico. De este modo, el impuesto grava el importe neto de la cifra de negocios, es decir, la facturación en España. Nada que ver con el beneficio. Está claro que lo que quiere el Gobierno es sacar dinero, como sea, de empresas mal vistas por la opinión pública, como eléctricas, petroleras y bancos. Y mete en el mismo saco a las grandes fortunas. Que se vea quiénes son los buenos y quiénes son los malos. Y no lo hace por la recaudación prevista, que no es relevante, sino porque cree que actuar así le resulta rentable electoralmente. Puro populismo fiscal. Jugando con fuego.
3.El procedimiento legislativo utilizado para los impuestos sobre energéticas y bancos, es decir, la Proposición de Ley de PSOE y UP, y la aprobación del impuesto sobre grandes fortunas mediante una enmienda a dicha Proposición presentada hace pocos días, se salta a la torera los mínimos estándares parlamentarios. No intervienen los expertos. Ni el Consejo de Estado. No hay un debate merecedor de ese nombre. Ni en el Parlamento ni en la sociedad. Todo se aprueba deprisa y corriendo. La aceptación de las enmiendas de este jueves 24 es la prueba más palmaria de esa precipitación. Ni siquiera se conoce el impacto económico de las mismas. Da igual. Lo importante es transmitir el mensaje.
4.El impuesto sobre las eléctricas nace con muchas pegas jurídicas: 1) choca con el principio constitucional de igualdad pues excluye sin ninguna razón a las empresas que facturen menos de 1.000 millones; 2) choca con el principio constitucional de irretroactividad pues, mediante una ley que estará en el BOE en diciembre de 2022, no se puede gravar la facturación desde enero; 3) consagra una doble imposición con el IVA, que es el impuesto natural sobre la cifra de negocios.
Y lo mismo pasa con el impuesto a petroleras, a bancos y a las grandes fortunas. Prometen una guerra judicial interminable.