La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el auto con el que el juez José de La Mata propuso juzgar al ‘expresident’ de la Generalitat, Jordi Pujol, su mujer Marta Ferrusola y los siete hijos que tienen en común por los presuntos delitos de organización criminal o asociación ilícita, blanqueo de capitales, delito contra la Hacienda Pública y falsedad documental.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal rechaza todas las alegaciones de los investigados, incluidas las de la defensa de Marta Ferrusola, que alegaba que ésta padece una ‘demencia severa’, que la incapacita para declarar ante un tribunal. Por tanto, se ratifica íntegramente el auto de pase a procedimiento abreviado dictado por el instructor para todos ellos en este procedimiento, a excepción de Carlos Sumarroca Coixet, para quien se acuerda el archivo de la causa, y de Mercé Gironés, exesposa de Jordi Pujol Ferrusola, a quien se le retiran dos delitos contra la hacienda pública.
El tribunal confirma la competencia de la Audiencia Nacional y señala que los actos nucleares se realizaron fundamentalmente en Andorra mediante el movimiento de fondos en efectivo de diversas cuentas abiertas en el extranjero
En su resolución, el tribunal confirma la competencia de la Audiencia Nacional y señala que los actos nucleares se realizaron fundamentalmente en Andorra mediante el movimiento de fondos en efectivo de diversas cuentas abiertas en el extranjero, de las que eran titulares varios miembros de la familia Pujol, cuentas que, además, fueron puestas a nombre de fundaciones controladas por dicha familia.
En cuanto a calificar los hechos como asociación ilícita u organización criminal, la Sala lo confirma que el auto recurrido relata una actuación claramente concertada de todos los integrantes de la familia Pujol consistente en la apertura y cierre simultáneo de cuentas bancarias en el extranjero, así como de movimientos de fondos entre ellas, que obedece a una estrategia orientada a ocultar su origen. Según se desprende del auto, «se trata de una serie de actuaciones, prolongadas en el tiempo, de todos los miembros de la familia investigados».
«Actuaciones prolongadas en el tiempo«
«Cada miembro cumplía un papel determinado, lo que nos sitúa «ante una asociación ilícita inicialmente y una organización criminal con posterioridad»
Para el juez, “se trata de una serie de actuaciones, prolongadas en el tiempo», en las que cada miembro cumplía un papel determinado, lo que nos sitúa «ante una asociación ilícita inicialmente y una organización criminal con posterioridad y no ante meros partícipes a título lucrativo, como en el recurso se califica a los restantes miembros de la familia, respecto de la actuación presuntamente lícita de Jordi Pujol Ferrusola”, que se atribuye la gestión personal del patrimonio familiar entre 1992 y 2000, y una operación de liquidación en 2004.