Varapalo a la inmersión: El TSJC tumba los proyectos lingüísticos de dos escuelas por excluir el castellano

Los magistrados señalan que la 'ley Celaá' no suprime el carácter vehicular del español porque éste «deriva directamente de la Constitución»

Alumnos del Instituto Secretari Coloma de Barcelona junto a carteles separatistas. SCC.

Jarro de agua fría para los defensores de la exclusión del castellano en la escuela. Por primera vez, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado los proyectos lingüísticos de dos escuelas por no contemplar como vehicular, junto a la catalana, la lengua española —esto es, que se imparta en una proporción de al menos el 25%—. Resulta significativo que ambas sentencias se hayan establecido a pesar de la reforma de la Ley de Educación emprendida por la ministra Isabel Celaá que suprimía en ella la referencia al castellano como lengua vehicular en la enseñanza.

Las sentencias, que  aluden a un colegio de Barcelona y a otro de Abrera (Barcelona), se han materializado después del proceso judicial iniciado por padres que fueron asesorados jurídicamente por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), una entidad constitucionalista que lucha por el bilingüismo escolar en Cataluña.

Sentencias de «trascendencia histórica»

Para esta entidad, las sentencias «tienen una trascendencia histórica, en la medida que obligarán a cambiar todos los proyectos lingüísticos de los centros educativos públicos de Cataluña que en un 95 por ciento de los casos sólo establecen que el catalán es la lengua vehicular de enseñanza». Cabe destacar que dicho dato fue obtenido gracias a la labor de la propia AEB, que analizó uno por uno los proyectos lingüísticos de todos los colegios de Cataluña.

Por otro lado, la AEB destaca el hecho de que las sentencias entren a valorar el efecto de la LOMLOE en lo que atañe a la enseñanza de las lenguas oficiales. «La obligatoriedad de que el castellano sea lengua vehicular en la enseña deriva directamente de la Constitución, de ahí que la modificación operad por la Ley Orgánica 3/2020 de la disposición adicional trigésima octava de la LOE no afecta al estatus del castellano como lengua vehicular», indica el TSJC.

La inmersión, «sin efecto»

A raíz de las sentencias, la AEB ha anunciado que en los próximos días solicitará formalmente al Departamento de Educación que dicte las instrucciones pertinentes para que todos los proyecto lingüísticos se adapten al modelo constitucional y reconozcan el castellano y catalán como lenguas vehiculares en la enseñanza. Y es que, a su juicio, las sentencias «dejan sin efecto el modelo de inmersión lingüística obligatoria en catalán por considerarlo contrario a la Constitución española». «El pluralismo lingüístico en Cataluña y el reconocimiento de nuestra diversidad ha dado un paso de gigante», valoran desde la entidad.

Óscar Benítez
Óscar Benítez
Periodista de El Liberal. Antes, fui redactor de Crónica Global y La Razón; y guionista de El Intermedio.

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