FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Línea Directa por no sustituir sus líneas de atención telefónica de pago por otras gratuitas. Desde el pasado 23 de diciembre, las empresas que prestan servicios básicos de interés general -como las compañías de seguros- deben facilitar líneas telefónicas sin coste. Por lo tanto, no pueden utilizar, ni instar a usar, teléfonos caros –902 o 901, entre otros- ni de prefijo geográfico, ya que estos tampoco son gratuitos.
La aseguradora aún conserva sus líneas de pago
A pesar del cambio legal, la compañía de seguros mantiene en sus perfiles de Facebook y Twitter el número 902 123 801 para su servicio de atención. Además, en la sección teléfonos de contacto de su página web, muestra otras líneas de prefijo geográfico. Ello insta a los usuarios a llamar a estas líneas de pago, algunas de mayor coste como la 902.
FACUA ha presentado varias denuncias ante el Ministerio de Consumo y las autoridades de protección al consumidor de 17 comunidades autónomas. La entidad recuerda que todas las administraciones de consumo autonómicas tienen competencias para imponer sanciones económicas por la irregularidad denunciada.
No obstante, los consumidores que llamen a líneas 902 y 901 podrán reclamar a las empresas el abono de las cantidades a pagar por llamada. También aquellos usuarios que paguen por llamar a móviles o fijos con prefijos nacionales o internacionales, cuando sea obligatorio habilitar líneas gratuitas.
A pesar del cambio legal, la aseguradora mantiene en sus perfiles de Facebook y Twitter el número 902 123 801 para su servicio de atención. En la sección teléfonos de contacto de su web, muestra otras líneas de prefijo geográfico
Obligadas a poner líneas gratuitas
El caso de Línea Directa supone una infracción por «incumplimiento de las obligaciones en relación con los servicios de atención al cliente», según el artículo 49.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. Mediante el artículo, se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
El apartado 2 del artículo 21 del Real Decreto plantea que las empresas especializadas en servicios de interés general, deben habilitar un teléfono de atención al consumidor gratuito. ¿Y de qué empresas estamos hablando? Pues de aquellas que se dedican a: suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como otros que legalmente se consideren de interés general.
Línea Directa engrosa así la lista de empresas que incumplen la norma. Hace unos días, FACUA anunciaba que había denunciado a las seis aerolíneas del grupo IAG –Iberia, British Airways, Aer Lingus, Vueling, Level y Air Europa- por no habilitar líneas gratuitas. La normativa obliga a las empresas de transporte a facilitar atención telefónica sin coste.