Un juez ve «indicios» de un presunto delito en la compra por la alcaldesa de Vilassar de Dalt de una pancarta en apoyo a los presos

El Juzgado de Instrucción número 4 de Mataró ha sentado un precedente al absolver a los denunciados que, en la madrugada del 28 de julio de 2019, fueron identificados por una patrulla de la Policía Local tras intentar descolgar una pancarta del balcón del Ayuntamiento de Vilassar de Dalt. 

La sentencia pone en el punto de mira tanto a la actual alcaldesa, que reclama 242 euros por los daños causados a la bandera y la reposición de la misma, como al anterior edil. Ambos, según el texto, deberán justificar como se pagó la compra de sendas pancartas. 

La denunciante ha declarado «que no interviene a título personal, sino como responsable del Ayuntamiento». Sin embargo, no ha presentado acta de pleno alguna que la avale ni en cuanto a la colocación de la pancarta, ni como denunciante de la agresión a la misma. Según la alcaldesa, el daño fue irreparable. Tanto, que debió sustituirse por otra que compró el Ayuntamiento por 242 euros, los cuales reclama a los denunciados. 

Origen y legitimidad del símbolo político 

Esta vez la justicia ahonda en el origen y legitimidad del símbolo político exhibido en el consistorio. Según fuentes judiciales, esta es la primera vez que una sentencia no se limita a la absolución y va más allá, planteando la investigación del denunciante por la existencia de indicios de delito. 

Los denunciados explican que esa noche, ellos junto a dos personas más se personaron ante el balcón del consistorio con «la intención de descolgar la pancarta y devolverla doblada al Ayuntamiento». Sin embargo, sostienen que los autores materiales huyeron al ver a la patrulla y aseguran que, en todo caso, «la pancarta no resultó dañada porque los chicos solo pudieron descolgarla de un lado» 

En la sentencia se cita el art.263 del Código Penal que establece que: «El que causare daños en propiedad ajena será castigado con multa de seis a veinticuatro meses«.

Delito de malversación 

Sin embargo, en este caso no consta «ni que la pancarta resultase dañada, ni que perteneciera al Ayuntamiento de Vilassar de Dalt» por lo que se considera «un bien sin dueño, que alguien no identificado colocó en el balcón sin autorización legal para hacerlo». 

El Ministerio Fiscal y las defensas de los tres acusados se interesan tras el testimonio del juicio por un presunto delito de malversación de caudales públicos. Si bien «existen indicios de que la nueva pancarta adquirida por la actual alcaldesa podría ser constitutivo de tal delito», también es necesario acreditar cómo el anterior edil pagó la pancarta original, presuntamente dañada. 

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