El Consejo de Ministros de este martes 27 ha aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. Con un retraso de 27 días, el Proyecto entrará en el Congreso el miércoles 28 e iniciará su tramitación parlamentaria. Es muy posible que no se convierta en Ley antes del 31 de diciembre y que entremos en el 2021 con los Presupuestos del 2018 (los de Cristóbal Montoro) prorrogados por tercera vez. Increíble pero cierto.
En este artículo vamos a detallar los cambios que el Proyecto introduce en los impuestos. Nos basamos para ello en la referencia oficial del Consejo de Ministros y en la rueda de prensa posterior de la Ministra de Hacienda. Veamos:
Impuesto sobre la renta (IRPF)
La novedad más importante es la que afecta a los Planes de Pensiones individuales. Hasta ahora, se podía reducir la base imponible general hasta un máximo de 8.000 euros anuales. En el ejercicio 2021 el límite máximo será de sólo 2.000 euros. Es un gran estacazo que el Gobierno propina al sistema de ahorro-previsión privado. Se deja de incentivar la generación de una pensión complementaria de la pensión pública. Es una pena.
El Gobierno dice que, a cambio, fomenta los planes de pensiones de empleo, es decir, los financiados con aportaciones de la empresa y del trabajador. Se sube a 10.000 euros lo que puede deducirse en este tipo de planes. No creemos que esto tenga mucho recorrido. Las empresas están más que agobiadas con el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y tienen muy poco margen para hacer aportaciones adicionales a planes de pensiones.
Se sube en dos puntos el tipo de la escala estatal del IRPF aplicable a la parte de la renta del trabajo que exceda de 300.000 euros. De este modo, ese exceso tributará al 24,5% en lugar de al 22,5%.
La escala estatal es la mitad del IRPF. La otra mitad es la escala autonómica. Cada Comunidad hará lo que estime conveniente a este respecto. Cataluña ya ha dado su estacazo en este tema.
Se rumoreaba que la escala estatal iba a subir en dos puntos para el tramo de renta por encima de 130.000 euros, y en cuatro puntos para el exceso sobre 300.000 euros. Al final, se ha optado por una reforma más suave. Y, además, el nuevo gravamen sólo recae sobre rentas del trabajo, no sobre rentas de actividades económicas o profesionales. Es una cosa rara fragmentar los componentes de la base general.
Se sube en tres puntos el tipo de gravamen de la base del ahorro para la parte de renta que supere los 200.000 euros. Así, los primeros 6.000 euros van al 19%, entre 6.000 y 50.000 al 21%, entre 50.000 y 200.000 al 23%, y por encima de 200.000 irán al 26%. Aquí no hay un tipo autonómico.
También aquí se ha optado por una reforma más suave. Se rumoreaba una subida de 4 puntos para el exceso sobre 140.000 puntos.
Impuesto sobre el patrimonio
La única reforma consiste en el aumento de un punto en el tipo de gravamen aplicable al tramo de base superior a 10,7 millones de euros. Pasará a tributar al 3,5% en lugar de al 2,5%.
Es una reforma injusta en su fundamento y ridícula en su impacto recaudatorio. Sólo quieren dar la impresión de que tocan los altos patrimonios. Para más adelante, nos prometen armonizar el impuesto, para evitar que en Madrid se bonifique este Impuesto al 100%. No entienden que el único futuro razonable de este impuesto es su supresión. No existe en casi ningún país.
Impuesto sobre sociedades
La única reforma afecta a la exención sobre dividendos y plusvalías procedentes de sociedades filiales extranjeras. Hasta ahora estaba exento del impuesto el 100% de su importe. A partir de ahora estará exento el 95%.
No se ha llevado al Proyecto el rumoreado tipo mínimo del 15% sobre base imponible (18% para Bancos y Petroleras). Tampoco una reducción del tipo para PYMES.
Se prevé un estacazo para las SOCIMIs y para las SICAVs. Se propinará en la tramitación del Proyecto de Ley de Medidas contra el fraude fiscal.
Impuesto sobre el valor añadido
Se sube el tipo de gravamen del 10% al 21% para las bebidas azucaradas y edulcoradas adquiridas en supermercados. No para las consumidas en bares o restaurantes.
La sanidad y la educación privada continuarán exentas. No se ha llevado al Proyecto la supresión de la exención.
Impuesto sobre hidrocarburos
Se acerca la fiscalidad del gasóleo (de uso general, no bonificado) a la de la gasolina. Hasta ahora el impuesto especial del gasóleo es 30,7 céntimos por litro. El de la gasolina es 43,2 céntimos por litro.
A partir del 1 de enero el gasóleo tributará a 34,5 céntimos.Esta subida cubre un tercio de la diferencia. Suponemos que en los dos años siguientes se seguirá avanzando en la equiparación. Nuevamente, se ha optado por una reforma suave.
Impuesto sobre las primas de seguros
Sube de un 6% a un 8%.
Otros impuestos fuera de la ley de presupuestos
Tasa Google, con ley ya aprobada. Nos traerá problemas.
Tasa Tobin, con ley ya aprobada. Contraproducente para la Bolsa española.
Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables. En preparación.
Impuesto sobre Residuos. En preparación.
Conclusión
Las reformar fiscales introducidas por el Proyecto de Ley de Presupuestos son mucho más suaves de lo que se venía anunciando. Vemos muy poco recorrido recaudatorio. Por otro lado, la opción suave es la más aconsejable dado el estado catastrófico en que se encuentra nuestra economía.
De todos modos, no puede excluirse que en el trámite parlamentario se introduzcan reformas más duras que las indicadas.