El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado de forma unánime denegar la suspensión de las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y del exconsejero Antoni Comín que fueron acordadas por el instructor del la causa del ‘procés’, Pablo Llarena, y confirmadas posteriormente por la Sala de Recursos de la Sala Segunda del Alto Tribunal.
El auto, cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido, explica que la suspensión solicitada por los líderes independentistas acarrearía una «perturbación de la función jurisdiccional», y supondría una injerencia en las decisiones adoptadas por la jurisdicción ordinaria. Añade que asuntos como éste ha de ser abordado «con suma cautela, caso a caso», para evitar que el Constitucional acabe desempeñando funciones que le están constitucionalmente vedadas por ser propias del juez ordinario del caso.
Las defensas de Puigdemont y Comín habían recurrido al Tribunal Constitucional contra el auto del Tribunal Supremo del 5 de noviembre de 2019 que mantenía vivas las órdenes de detención y encarcelamiento contra ambos por los hechos del 1-O a pesar de su elección como eurodiputados.