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El Gobierno blinda la prohibición de registrar bebés por gestación subrogada en el extranjero

Una nueva instrucción de Justicia, motivada por una sentencia del Supremo, impide inscribir automáticamente en España a recién nacidos por vientre de alquiler fuera del país

Imagen de un conjunto de bebés hospitalizados / X.

La inscripción de un bebé nacido por gestación subrogada en otro Estado ya no será coser y cantar. El Gobierno ha dictado, cumpliendo una sentencia del Tribunal Supremo, una nueva instrucción que dificulta el registro de los recién nacidos en estas circunstancias. De este modo, Pedro Sánchez y, especialmente, Félix Bolaños atienden una demanda histórica del movimiento feminista.

Modificación importante en el registro

Hasta ahora, cualquier niño nacido por vientre de alquiler —esto es, mediante pago a una mujer gestante— podía ser inscrito en el Registro Civil español a través de una resolución administrativa o judicial extranjera. Con esta nueva instrucción, eso dejará de ser posible.

La medida no afectará a los casos de adopción ni a la filiación por vínculo biológico, pero busca cerrar la puerta a quienes, eludiendo la ley española, acuden a otros países con legislaciones más permisivas. Los Estados a los que mayoritariamente se desplazan los españoles son: Estados Unidos —donde el coste oscila entre los 100.000 y los 20.000 euros por hijo—, Canadá, Georgia y Grecia.

El Supremo fue tajante: permitir estos registros contribuye a la cosificación de mujeres y menores, y la normativa española no puede seguir dando cabida a este tipo de prácticas. Ahora, el Gobierno, actúa en consecuencia.

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