El salario mínimo (SMI) fijado por el Gobierno para este año 2025 es 16.576 euros anuales: 14 pagas de 1.184 euros cada una. Se ha incrementado en 700 euros respecto a los 15.876 euros vigentes en 2024 (50 euros más en cada una de las 14 pagas).
A raíz de la tributación de esta subida en el IRPF, María Jesús Montero y Yolanda Díaz, Vicepresidentas 1ª y 2ª, se han enzarzado en una trifulca que ejemplifica la fragilidad de este Gobierno de coalición. Y ésta es una pequeña discrepancia, comparada con otras, como los gastos en Defensa.
CÓMO FUNCIONABA ESTO EN 2024
Hasta 2024, los rendimientos del trabajo no superiores al SMI estaban completamente exentos de IRPF. Ni retención, ni declaración ni tributación.
La base de retención sobre el SMI de 2024 se calcula restando de los 15.876 euros tres partidas:
1)la cuota del trabajador a la SS, un 6,48% = 1.029 euros.
2)la reducción general sobre rendimiento del trabajo: 2.000 euros.
3)la reducción especial del artículo 20 para rendimientos del trabajo modestos. Para el SMI es la máxima: 7.302 euros.
Resulta así una base de retención de 5.545 euros.
Aplicando las tablas de retención a esa base resulta un importe de 1.054 euros.
Restando el mínimo personal, que para un contribuyente sin hijos es el 19% de 5.550 euros, resulta que la cuota de retención es cero.
En conclusión, los contribuyentes con rendimientos del trabajo no superiores al SMI tenían cero retenciones, no tenían que declarar (percibían menos de 22.000 euros de un solo pagador) y no tributaban nada en absoluto por IRPF.
¿QUÉ DEBE PASAR EN 2025 SEGÚN MARÍA JESÚS?
María Jesús opina que el SMI está aumentando mucho y que ya es hora de que pague algo. En consecuencia, se niega a ampliar la reducción especial del artículo 20: quiere dejarlo como está, para que paguen algo los que ganan más de 15.876 euros.
De este modo, al calcular la base de retención sobre el nuevo SMI, la reducción especial del artículo 20 es mucho más baja y ya no es suficiente para dejar la retención en cero. Sale una retención de 301 euros, que los empleadores deberán ingresar en Hacienda, descontando el 1,81% sobre los 16.576 íntegros. Son 21,50 euros, a restar de cada una de las 14 pagas. El aumento real se queda así en 50 – 21,50 = 28,50.-
Estos contribuyentes no tendrían obligación de declarar pues perciben menos de 22.000 euros de un solo pagador.
El palo es fuerte porque tener que pagar 301 euros por un aumento de 700 parece un sarcasmo; es un 43%.
¿QUÉ OPINA YOLANDA?
Daba la impresión de que habría que pasar por encima del cadáver de Yolanda para que los deseos de María Jesús se hiciesen realidad. Yolanda amenazó presentando en el Congreso el 28 de febrero una Proposición de Ley dirigida a mantener la exención del nuevo SMI.
María Jesús amenazó a su vez con ejercer la facultad de veto del Gobierno sobre esa Proposición de Ley pues implica disminución de los ingresos presupuestarios (artículo 134.6 de la Constitución).
Yolanda amenazó con rechazar ese veto en la Mesa del Congreso, someter la cuestión al Pleno y tramitar la Proposición contra viento y marea. Había buenas razones para rechazar ese veto y contaba con el apoyo del PP para ello.
María Jesús amenazó con llevar el tema al Tribunal Constitucional.
Y cuando la sangre estaba a punto de llegar al río, es decir, el último día del plazo de un mes para que el Gobierno vetase (28 de marzo), María Jesús ha conseguido un acuerdo in extremis, haciendo pasar a Yolanda por el aro.
EN QUÉ CONSISTE EL ACUERDO ENTRE MARÍA JESÚS Y YOLANDA
1.SUMAR retira su Proposición de Ley. Los grupos parlamentarios de PSOE y SUMAR registrarán en el Congreso una Proposición de Ley conjunta materializando el acuerdo.
2.El acuerdo afecta a los rendimientos del trabajo asalariado entre 15.876 euros (es el importe del SMI de 2024, que sigue exento) y 16.576 euros.
3.Los empleadores que paguen tales rendimientos estarán obligados a retener. Sobre 16.576 euros hay que retener el 1,81%.
4.Los trabajadores que perciban el SMI cobrarán 21,50 euros menos en cada paga = 301 euros menos en el año.
5.Los trabajadores presentarán su declaración de IRPF antes del 30 de junio de 2026 y se aplicarán una deducción específica, que habrá que crear, por importe igual a la retención soportada, 301 euros. Así, la cuota a ingresar será cero y les saldrá a devolver dicha retención.
6.Hacienda devolverá esos 301 euros en sus plazos habituales.
7.Esta deducción específica sólo será aplicable en el IRPF 2025. En el 2026 y siguientes desaparece.
8.Esta deducción específica sólo será aplicable para los trabajadores asalariados. No será aplicable por los pensionistas ni por los autónomos.
Los perceptores del SMI son 2,5 millones. Según Hacienda, los beneficiados por esta deducción específica son sólo 500.000 personas. Creemos que serán bastantes más.
COMENTARIOS
Para dejar exento el SMI, Hacienda desplaza sobre empleadores y trabajadores un sinfín de cargas tributarias que en modo alguno se merecen.
1.Para empezar, obliga a los empleadores a practicar esa retención de 301 euros a lo largo del año 2025. La mayoría de los empleadores son autónomos, agricultores, de servicio doméstico… que tendrán que pagar a una gestoría para ingresar las retenciones trimestrales.
2.En segundo lugar, los trabajadores van a percibir 301 euros menos a lo largo del año, 21,50 euros menos en cada una de las 14 pagas.
3.En tercer lugar, se obliga a los trabajadores a presentar la declaración en 2026 para poder aplicarse la deducción especialísima y solicitar la devolución de los 301 euros retenidos.
4.En cuarto lugar, los trabajadores obtendrán la devolución efectiva con un retraso medio de 12 meses. Han financiado gratuitamente a Hacienda.
5.Todo esto denota una falta de la consideración debida por parte de Hacienda a trabajadores y empleadores, metiéndoles a todos en un lío burocrático perfectamente evitable, precisamente en la escala salarial más modesta. Lo correcto es permitir el cómputo de la deducción específica a la hora de retener, de modo que la cuota de retención sea cero. Así, el empleador no tendría que retener nada, el trabajador cobraría todo íntegro, y no tendría que declarar.
6.Reiteramos que la deducción específica sólo será aplicable en este ejercicio 2025.
7.Reiteramos que hace falta una Ley para implementar la deducción específica. Habrá que darle algo a Junts para que no se oponga.
8.Es increíble que queden fuera de la deducción específica los pensionistas (la pensión también es un rendimiento del trabajo, aunque no asalariado). La exclusión de los autónomos también es difícil de explicar.
9.No se entiende cómo Yolanda ha aceptado esta tomadura de pelo. Todo es por no atreverse a solicitar el apoyo del PP para oponerse al PSOE y ganar esta batalla. Es una muestra muy expresiva de su decadencia política.