La cesión de las competencias de inmigración a Cataluña a cambio del apoyo de Junts al decreto anticresis está levantando ampollas, y no solo dentro del constitucionalismo. Y es que no son pocos los analistas secesionistas que aseguran que una transferencia de tal magnitud no es posible y que el anuncio es un brindis al sol. El motivo es que el artículo 149 de la Constitución Española reza que que «El Estado tiene «competencia exclusiva» en «nacionalidad, inmigración, emigración» y «extranjería». Así, no son pocos los internautas secesionistas en redes sociales que han clamado contra lo que considera una estafa.
«¿Competencias en inmigración sin tener competencias en gestión de fronteras y de concesión de nacionalidad? ¡Ánimos!», comenta, por ejemplo, Pol Pérez. Pese a todo, cabe recordar que el «precepto 150.2 de la Carta Magna también recoge que «el Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación». No en vano, este artículo ya se ha usado en el pasado, como cuando el Estado cedió a la Generalitat la gestión de «tráfico y seguridad vial», que, según la CE, también es de competencia exclusiva de España.