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La Justicia ampara a la copistería señalada por atender en español

Una sentencia del TC indica que el derecho a ser atendido en catalán o castellano no rige en las relaciones privadas

Pintada en la copistería barcelonesa que usó el castellano.

Recientemente, en ElLiberal.cat dimos cuenta del acoso sufrido por la Copistería Low Cost. Se trata de un comercio de Zaragoza que tiene establecimientos en distintos puntos de España y que el pasado mes de diciembre fue objeto del asedio separatista. ¿El motivo? Que la empresa pidió por WhatsApp a una clienta catalana si podía dirigirle la queja en castellano, dado que el servicio de Atención al Cliente opera desde Zaragoza. La clienta hizo público el caso en redes sociales, lo que provocó el señalamiento del comercio por parte de activistas separatistas, que realizaron pintadas en la persiana del local.

El caso es que una sentencia del 2018 del Tribunal Constitucional (TC) señala que «el derecho a ser atendido en cualquiera de las dos lenguas [catalán o español] solo puede ser exigible entre los poderes públicos y los ciudadanos», no así en las relaciones privadas. Ello significa que no constituye un derecho del consumidor que en un comercio le atiendan en catalán o en castellano. Así, el TC establece que «no cabe imponer obligaciones individuales de uso de cualquiera de las dos lenguas oficiales de modo general, inmediato y directo». Y, por lo tanto, agrega, «menos aún cabrá establecer régimen sancionador alguno».

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