Cinco pisos serán suficientes para que un propietario sea considerado como gran tenedor. Son los nuevos criterios anunciados hoy por la consellera de Territorio de la Generalitat, Ester Capella. Estos forman parte de las alegaciones a la memoria catalana de la ley de vivienda del Gobierno, que ya ha incorporado el cambio —se bajarán de diez a cinco los inmuebles para considerar grandes tenedores a los propietarios. Según la Generalitat, el Gobierno debería aprobar las alegaciones para que la norma entre en vigor en agosto.
En cualquier caso, otra alegación presentada es que los promotores sociales «que tengan como objeto la promoción de inmuebles de protección social destinados al alquiler» no entrarán dentro de la categoría citada. Asimismo, Capella que las alegaciones orbitaban entorno a cuatro ejes: la imposibilidad de aplicar la ley en Cataluña, la compensación económica a propietarios, la consideración de los promotores sociales como grandes tenedores y, por último, el cambio de definición de los mismos. Cabe recordar, por otra parte, que la memoria inicial establece 140 municipios como zonas tensionadas en las que se limitará el alquiler.