OPINIÓN | Varapalo de la justicia europea a Carles Puigdemont

EL Tribunal de Justicia europeo.

Varapalo de la justicia europea a Carles Puigdemont. El TJUE ha hecho pública su sentencia por la que da respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas por el magistrado instructor Pablo Llarena sobre la denegación de las euroórdenes.

En concreto, los magistrados de la Gran Sala argumentan que Bélgica no podrá denegar la entrega del ex consejero de Cultura Lluís Puig sobre la base de una presunta incompetencia del Tribunal Supremo para juzgarlo.

Afirma, además, que la denegación de la ejecución de la euroorden sólo puede fundarse en «deficiencias sistemáticas del sistema judicial español», algo que no acreditó en modo alguno la justicia belga. No obstante, la defensa de los líderes independentistas que se encuentran fuera de España no ve con tan malos ojos la resolución publicada en la mañana hoy. Y es que a pesar del varapalo que supone para sus clientes, el TJUE no
deja pasar la ocasión para recriminar a España que no garantice el derecho a
una doble instancia penal.

Hemos de recordar que los líderes del procés fueron juzgados en primera y única instancia por el Tribunal Supremo dado que la mayoría de ellos tenían la condición de aforados. El TJUE recrimina a España que no se les garantizara una doble instancia, es decir, un tribunal superior al que pudieran recurrir la sentencia.

Más allá de eso, no obstante, la sentencia del máximo intérprete europeo supone un varapalo para los intereses del independentismo. La justicia europea falla a favor de Pablo Llarena y da un toque de atención a los tribunales belgas. Les recrimina que infringieran el principio de reconocimiento mutuo entre países al denegar la extradición de Lluís Puig, lo cual afecta de rebote a Carles Puigdemont, Toní Comín y Clara Ponsatí.

Nuevas euroórdenes: ¿las emitirá Pablo Llarena?

Otro de los aspectos importantes a los que se refiere la sentencia es a laposibilidad de emitir múltiples y sucesivas euroórdenes contra una misma persona cuando tienen por objeto su entrega al estado requirente. En consecuencia, es muy probable que Pablo Llarena emita nuevas euroórdenes con las que reclame la entrega de los procesados a la justicia española. En el caso de Lluís Puig la pelota vuelve a los tribunales belgas, quiénes con arreglo a los criterios asentados en la sentencia del TJUE deberán dictar una nueva sentencia.

En caso de ejecutarse finalmente la euroorden por parte de los órganos belgas, el ex consejero de cultura Lluís Puig podría ser entregado sin ningún otro contratiempo al Tribunal Supremo. El primer motivo es que no es eurodiputado y, por lo tanto, no tiene inmunidad. Y el segundo que está reclamado por un presunto delito de malversación que lleva aparejada pena de prisión de hasta 12 años.

¿Y en el caso de Carles Puigdemont y Toni Comín?

En el caso de Carles Puigdemont y Toni Comín sería diferente. Ambos son eurodiputados, por lo que tienen reconocida de forma cautelar la inmunidad parlamentaria.

Debemos recordar que el Parlamento Europeo votó retirarles la inmunidad en marzo de 2021 pero les fue devuelta cautelarmente por el Tribunal General de la UE para evitar detenciones como la de Carles Puigdemont en Cerdeña en septiembre de 2021.

En consecuencia, y hasta que en el mes de marzo se pronuncie el TGUE sobre el recurso planteado por los líderes independentistas, tanto Carles Puigdemont como Toni Comín tienen reconocida la inmunidad parlamentaria de forma cautelar, lo que impide que se les extradite a España sin el previo suplicatorio del Parlamento Europeo

¿Y Clara Ponsatí? ¿Es un caso aparte?

Clara Ponsatí juega en otra liga. Si bien la eurodiputada tiene credencial del Parlamento Europeo, y con ello inmunidad, no puede extraditarse a España porque está reclamada únicamente por un delito de desobediencia que no lleva aparejada pena de prisión.

Por lo tanto, el escenario es muy convulso. El TJUE ha dado un varapalo a los líderes independentistas que ven cada vez más cerca su regreso a España. El próximo episodio, no obstante, lo protagonizará el TGUE con la sentencia que debe determinar si Puigdemont, Comín y Ponsatí tienen inmunidad parlamentaria.

Pablo De Palacio
Pablo De Palacio
Abogado y Criminólogo. Me interesa la política y la justicia que huye de los dogmas del poder. Pertenezco a la Asociación Liderem en el campo de la Ciberdelincuencia & Seguridad.

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1 COMENTARIO

  1. Me sorprende que nadie haga mención del párrafo 118 en conexión con el pár. 117 de la sentencia:
    «117. La anterior interpretación permite así garantizar que el examen, por parte de la autoridad judicial de ejecución, del respeto del derecho establecido en el artículo 47, párrafo segundo, de la Carta por los órganos jurisdiccionales del Estado miembro emisor únicamente pueda contemplarse, de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, en circunstancias excepcionales [véase, en este sentido, el dictamen 2/13 (Adhesión de la Unión al CEDH), de 18 de diciembre de 2014, EU:C:2014:2454, apartado 191].
    118 Esta interpretación permite asimismo asegurar que, además de las garantías que se derivan, para la persona objeto de una orden de detención europea, del artículo 47 de la Carta, se tomen en consideración otros intereses, como la necesidad de respetar, en su caso, los derechos fundamentales de las víctimas de las infracciones de que se trate [véase, por analogía, la sentencia de 22 de febrero de 2022, Openbaar Ministerie (Tribunal establecido por la ley en el Estado miembro emisor), C‑562/21 PPU y C‑563/21 PPU, EU:C:2022:100, apartados 60 a 63].»
    Lo de tomar en consideración los derechos de las víctimas de los actos perpetrados por los reclamados en una euroorden es alusión directa al caso de la justicia belga, ya condenada por el TEDH por no entregar a etarras. Y en este caso las víctimas son, como mínimo, todos los catalanes no indepes cuyos derechos fundamentales no han sido respetados por los reclamados. Otra cosa es que esto se traduzca en algo práctico y tangible, pero ahí está, y con el mismo valor de la pertenencia a grupo ‘objetivamente’ identificado a la que tanto se están agarrando los indepes.. Espero que en análisis más pausados se haga hincapié en lo que ese pár. 118 implica.

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