La Justicia europea cuestiona los límites impuestos por la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, a Uber y Cabify. La normativa barcelonesa, según el informe del Abogado General de la UE, «viola la libertad de establecimiento» en el marco del tratado de funcionamiento europea, y aclara que ni el régimen de doble autorización ni la restricción de una licencia de VTV por cada 30 de taxi no están justificadas por causas de interés general. Y es que según el Abogado de la TJUE, Maciej Szpunar, dicha restricción solo puede imponerse por «interés general» y la «viabilidad ecónomica» de los taxistsa no lo es.
«Es cuestionable que el servicio del taxi pueda considerarse como un servicio de interés económico general y dudoso que los operadores de dicho servicio cumplan una obligación de servicio público», explica el informe. Estas conclusiones no son vinculantes, pero es sabido que las sentencias del Tribunal de Justicia de Luxemburgo acostubran a pronunciarse en la misma línea. Si ocurre así, las reglas sobre este tipo de transporte cambiarán en toda España y no solo en Cataluña, pues todas ellas —exceptuando Madrid— han impuesto limitaciones severas a los VTC tras terminar la moratoria de Ábalos para que las comunidades legislasen sobre la cuestión.