Impulso Ciudadano y la fiscalía han considerado que Torra incurrió en un delito de desobediencia. La asociación solicita que se le imponga las penas de 12 meses de multa a razón de 300 euros diarios con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos. También para el ejercicio de funciones de gobierno por tiempo de dos años. La Fiscalía pide penas de multa de diez meses, a razón de 100 euros diarios, y un año y ocho meses de inhabilitación especial.
La Fiscalía pide penas de multa de diez meses, a razón de 100 euros diarios, y un año y ocho meses de inhabilitación especial.
La actitud obstruccionista de Torra obligó a la intervención de los Mossos
Los hechos enjuiciados se remontan a septiembre de 2019, cuando el entonces presidente de la Generalitat incumplió los requerimientos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña(TSJC) para retirar de la fachada del Palau de la Generalitat la pancarta “Llibertat Presos Polítics i exiliats” y un lazo amarillo. La retirada de estos elementos había sido solicitada en fase cautelar por Impulso Ciudadano al vulnerar el principio de neutralidad institucional. La actitud obstruccionista de Joaquim Torra obligó a los Mossos d’Esquadra a personarse en el Palau el día 29 de septiembre, fecha en la que finalmente fueron retirados.
La retirada de estos elementos había sido solicitada en fase cautelar por Impulso Ciudadano al vulnerar el principio de neutralidad institucional.
El expresidente de la Generalitat ya ha sido condenado por un delito de desobediencia por la Sala de lo Civil y Penal del TSJC en sentencia núm. 149/2019, de 19 de diciembre, por no acatar la orden de la Junta Electoral Central de retirar una pancarta con el mismo contenido en período electoral.