Nuevo varapalo judicial para el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y sus máximos responsables, Ada Colau y Eloi Badia. La sentencia 305/2021 de fecha 8 de octubre del Juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Barcelona da la razón a Aigües de Barcelona y a Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A. obligando al AMB a cumplir el contrato concesional y, en consecuencia, a pagar aproximadamente 15 millones de euros por la actividad de saneamiento en alta prestado por la compañía.
En este sentido, esta sentencia demuestra que el AMB está incumpliendo sus obligaciones legales respecto al servicio público del saneamiento poniendo en riesgo la sostenibilidad del mismo al no garantizar las aportaciones económicas necesarias para su correcta gestión por la operadora Aigües de Barcelona.
En 2018, después de varios años de incumplimientos flagrantes, desde la compañía se instó a dicho cumplimiento contractual solicitando el importe correspondiente al período comprendido entre 2014 y 2017. A esta primera reclamación le siguieron otras correspondientes a las sucesivas anualidades (2018; 2019; y 2020), aún pendientes de resolución judicial, situando la deuda total del AMB en cerca de 30 millones de euros.
Servicio de saneamiento
Estas reclamaciones fueron denegadas por el Consejo metropolitano de 26 de junio de 2018 y ahora el Juzgado Contencioso-Administrativo número 8 de Barcelona ha revocado aquella decisión, reconociendo el exigible cumplimiento contractual por parte del AMB de sus obligaciones económicas respecto al servicio de saneamiento que presta Aigües de Barcelona, incluyendo la exigencia de abono y derecho al cobro de la cantidad reclamada más los correspondientes intereses legales.
El AMB, al no hacer frente a sus obligaciones contractuales, pone en riesgo un servicio fundamental como es el del saneamiento de aguas y su devolución al medio ambiente. Este servicio consiste en canalizar y tratar las aguas residuales de los 36 municipios del área metropolitana de Barcelona.
Esta sentencia es recurrible en apelación en el plazo de 15 días ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).