El Tribunal Constitucional ha desestimado este martes el recurso presentado por Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí contra las órdenes de búsqueda y detención emitidas por el juez instructor Pablo Llarena contra los ahora eurodiputados. Estas órdenes fueron emitidas por Llarena en octubre y noviembre de 2019 y recurridas posteriormente por los tres separatistas. Ahora, el Constitucional da la razón a Llarena que, tal y como se vio el lunes en la isla italiana de Cerdeña, sostiene la vigencia de las tres órdenes de detención de los fugados de la Justicia española.
Los magistrados del TC consideran por unanimidad que desestimar el recurso de súplica presentado por los afectados es algo «respetuoso con el derecho a la tutela judicial efectiva«. Aseguran también que no se ha vulnerado el derecho a la tutela cautelar, tal y como señalaban las defensas de Puigdemont, Comín y Ponsatí.
Por otro lado, el Constitucional apunta que «la decisión de no suspender la vigencia de las órdenes de detención impugnadas en amparo se basa en una consolidada doctrina constitucional que niega la suspensión cautelar en el procedimiento de amparo de las medidas provisionales privativas de libertad o que puedan tener un impacto en el derecho a la libertad personal». Y añade: «el Tribunal sostiene que suspender en la pieza de cautelares del recurso de amparo una medida cautelar, adoptada por un órgano de la jurisdicción ordinaria y que conforma el objeto principal de ese recurso de amparo supone una resolución anticipada del fondo del recurso«.