El BOE de este viernes 25 de junio publica el Real Decreto-Ley 12/2021, de 24 de junio. Su objetivo es atenuar para los consumidores domésticos la tremenda subida del recibo de la luz. Entrada en vigor: el 26 de junio.
LA SUBIDA DEL PRECIO DE LA ELECTRICIDAD
El sistema español para determinar los precios de la electricidad pivota sobre el precio de la energía más cara de producir. En las últimas semanas, esta energía más cara es la producida en las centrales de gas natural. Su precio ha aumentado extraordinariamente por culpa de dos factores:
El primero es el incremento de la materia prima, el gas natural (básicamente de Argelia). Ante una demanda muy fuerte, el gas se estaba pagando en mayo a 25 euros por MWh, el triple que el año pasado.
El segundo es el incremento del precio de los derechos de emisión de CO2. Por normativa medioambiental, las centrales de gas natural ven cada vez más reducidas las toneladas de CO2 que pueden emitir. La única manera de seguir funcionando es comprando derechos de emisión en el mercado. El precio de estos derechos de emisión es cada vez más determinante del precio final de la energía. En las últimas semanas, el precio del derecho de emisión (una tonelada de CO2) ha pasado de 25 a 50 euros. Los consumidores tienen que saber que la lucha contra el cambio climático les va a costar caro.
La conjunción de ambos factores ha provocado que el precio en el mercado mayorista de electricidad haya alcanzado entre los días 1 y 17 de junio una media de 86 euros por MWh, frente a los 67 euros de media del mes de mayo. Es un incremento de un 28%. Este incremento afecta de inmediato a los clientes de mercado regulado (tarifa PVPC) y afectará más adelante a los clientes de mercado libre.
LA SUBIDA DEL PRECIO DE LA LUZ COINCIDE CON EL CAMBIO EN LA FACTURA
Lo sorprendente es que, en medio de este incremento extraordinario del precio de la electricidad, se haya introducido un cambio radical, a partir de este 1 de junio, en la forma de facturar la electricidad. El precio del kWh (energía consumida) es distinto según las horas de consumo: punta, llano y valle. Las diferencias son tremendas. También se discrimina el precio de la potencia contratada. Hubiera sido mejor aplazar estos cambios a un escenario de precios menos estresado.
Por eso, para un consumidor normal, es misión casi imposible apreciar las diferencias con el recibo anterior. No es fácil saber cuánto se paga de más por la subida del precio de la luz o por el consumo en horario punta. Es un sudoku de dificultad extrema.
Para poder entendernos, digamos que un consumidor medio, que estuviera pagando una factura de electricidad de 50 euros al mes sufre un incremento de un 24% y tendrá que pagar 62 euros (12 euros más).
CUAL HA SIDO LA REACCION DEL GOBIERNO FRENTE A LA SUBIDA DE LA LUZ
El Gobierno está repensando todo el sistema de fijación de los precios de la energía eléctrica. Veremos si no estropean más de lo que arreglan.
Pero, con carácter inmediato, han querido atenuar el impacto de la subida de la luz para los consumidores domésticos. Como siempre, quiere dar alegrías a la gente. Aunque sea a costa de aumentar la deuda.
Y lo que ha metido en este Real Decreto-Ley son dos rebajas fiscales:
La primera rebaja fiscal consiste en bajar el tipo del IVA de la electricidad desde el 21% al 10%. Esto beneficiará a los consumidores con una potencia contratada inferior a 10 kW (la inmensa mayoría de los consumidores domésticos, no empresas obviamente). Esta es una rebaja temporal: sólo hasta el 31 de diciembre de 2021. Y es una rebaja condicionada: depende de que el precio medio en el mercado mayorista en el mes anterior supere los 45 euros por MWh. Los expertos pronostican que esta condición se va a cumplir en lo que queda de año.
La segunda rebaja fiscal consiste en suprimir durante el tercer trimestre de 2021 el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica. Este Impuesto grava al 7% este Valor y lo pagan las empresas productoras de electricidad que meten kilowatios en la red. Obviamente, este Impuesto forma parte de los costes del sistema y va embebido en el precio final que paga el consumidor. Por eso, esta supresión trimestral se notará algo en el recibo de la luz.
No sufre alteración el Impuesto Especial sobre la Electricidad, que sí figura expresamente en el recibo de la luz que paga el consumidor final. Este Impuesto es el 5,1127% sobre la suma de lo facturado por potencia contratada y por energía consumida. Y se mantiene tal cual. Y forma parte de la base imponible del IVA.
Entre ambas rebajas fiscales, se calcula que el consumidor medio del que hablamos podrá ver rebajado su recibo mensual, desde los 62 euros que debería pagar tras la subida, a unos 56 euros. Es una diferencia de 6 euros. Sólo durante seis meses.
DOS OBSERVACIONES FINALES
1.Está claro que el mercado de la electricidad sufre una sobreimposición excesiva. Y no hemos hablado de la imposición extraordinaria que afecta a las centrales nucleares. Obviamente, todo eso afecta al precio final que paga el consumidor. Y eso influye en que España sea uno de los 5 países de la UE con el precio más caro de la energía eléctrica. En ese contexto, no es posible justificar el Impuesto autonómico adicional que existe en Cataluña sobre la producción, transformación y transporte de energía eléctrica (Impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente). La Generalitat debe suprimirlo.
2.La reacción del Gobierno central, rebajando el IVA del 21% al 10% nos deja en muy mal lugar frente a Bruselas cuando examinan cómo luchamos contra el déficit. Esta rebaja fiscal es una medida populista, injustificable desde la óptica de un buen gestor de las cuentas públicas. Si suben los precios de las cosas, no queda otro remedio que soportarlo. El Gobierno no está para rebajar los precios disminuyendo los impuestos. Y a veces hay que darle un disgusto a la gente. Y decirles la verdad. ¿Qué harán si sube el petróleo a 150 dólares/barril y la gasolina se pone a 2 euros el litro? ¿Bajarán el impuesto a la gasolina?