La pandemia ha cumplido un año. Vamos por la tercera oleada y las cifras de contagios y muertes en España siguen siendo altas. También en Europa. La devastación económica en muchos sectores, especialmente en comercio y turismo, es gravísima. La campaña de vacunación está desarrollándose con lentitud, y a este ritmo, no veremos la recuperación hasta el último trimestre de 2021. Los fondos europeos tardarán en llegar. Muchas empresas y autónomos están con el agua al cuello.
«El Gobierno central ha decidido poner en marcha un plan de ayudas directas no reembolsables (subvenciones). Es una gran novedad: pocas veces se ha visto que el Gobierno regale dinero a la gente»
En este escenario, el Gobierno central ha decidido poner en marcha un plan de ayudas directas no reembolsables (subvenciones). Es una gran novedad: pocas veces se ha visto que el Gobierno regale dinero a la gente. Y esto lo ha hecho ahora mediante el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, aprobado en el Consejo de Ministros extraordinario de este viernes y publicado en el BOE del sábado 13. Ha puesto sobre la mesa 11.000 millones de euros, que salen de emitir más deuda pública, y son más déficit del 2021. No hay otro remedio.
Estas ayudas van dirigidas a las empresas y autónomos más machacados por la pandemia. Muchas personas. Les interesa informarse sobre esto.
¿Quién podrá solicitar estas ayudas?
Las ayudas están destinadas a empresas y autónomos residentes en España que cumplan los siguientes requisitos:
1.Estar incluídos en la lista de actividades detallada en el Anexo 1 del Real Decreto-Ley. Básicamente, se trata de comercio mayorista y minorista, transporte y turismo (hoteles, restaurantes, bares).
2.Que su volumen de operaciones declarado en el IVA 2020 haya caído más de un 30% respecto al de 2019. O que tributen en el IRPF por módulos, sin mirar el volumen de operaciones.
3.Que en el ejercicio 2019 no hayan declarado en el IRPF resultado negativo por su actividad económica o base imponible negativa en Sociedades. El Gobierno no quiere que las ayudas vayan a empresas que estaban en pérdidas antes de la pandemia.
4.Que los beneficiarios de las ayudas sigan funcionando a 30 de junio de 2022.
¿Para qué son las ayudas?
Estas ayudas tienen carácter finalista. Los beneficiarios deberán destinar el dinero recibido, en primer lugar, al pago a proveedores por orden de antigüedad; en segundo lugar, a reducir deuda bancaria (en especial, la avalada por el ICO) y, finalmente, al pago de costes fijos (alquileres, suministros, etc.) devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.
La ayuda recibida computa fiscalmente como un ingreso.
¿Cuánto dinero va a destinarse a estas ayudas?
Van a ser 7.000 millones de euros: 2.000 millones para Baleares y Canarias (especialmente castigadas por la caída del turismo) y 5.000 millones para las demás CCAA. No es para tirar cohetes, pero algo es algo.
El Gobierno repartirá este dinero entre las CCAA atendiendo al peso de cada una en la caída del PIB de 2020, al total de parados de la Comunidad en enero 2020 y al total de desempleo juvenil.
La cuantía correspondiente a cada Comunidad se fijará por Orden de la Ministra de Hacienda. Delicado asunto. Es probable que se apliquen los mismos porcentajes que en diciembre de 2020 sirvieron para repartir entre las CCAA los Fondos europeos REACT-EU. Así, le tocarían a Andalucía unos 1.000 millones (20%), a Cataluña unos 900 millones (18%) y a Madrid y Comunidad valenciana unos 700 millones a cada una (14%). Para visualizar esto: los 900 millones de Cataluña equivalen a entregar 100.000 euros a 9.000 empresas. Madrid se sentirá maltratada.
En Baleares y Canarias las ayudas serán más significativas.
¿Quién determina lo que le toca a cada beneficiario?
Las CAAA harán convocatorias públicas para la asignación de las ayudas a autónomos y empresas residentes en su territorio. Los interesados presentarán sus solicitudes. Y serán las CCAA quienes tramitarán y resolverán dichas solicitudes, abonando el dinero.
Las CCAA serán las responsables de la correcta asignación de las ayudas y deberán vigilar que se destinen a las finalidades previstas.
Las ayudas pueden materializarse a partir de junio de 2021.
¿A cuánto puede ascender el importe de la deuda?
Las CCAA establecerán los criterios para asignar la ayuda a cada solicitante, con los siguientes límites máximos:
1.Empresarios individuales que tributen en IRPF por módulos: 3.000 euros.
2.Resto de autónomos y empresas con menos de 10 empleados: el 40% de la caída por encima del 30% del volumen de operaciones.
Veamos un ejemplo. La empresa H tiene un volumen de operaciones en 2019 de 800.000 euros. En 2020 ese volumen cae hasta 300.000 euros. Es una caída de 500.000 euros, muy superior al 30% de 800.000, que es 240.000. La caída por encima del 30% es 500.000 – 240.000 = 260.000 euros. La ayuda máxima a percibir es el 40% de 260.000, es decir, 104.000 euros.
3.Resto de autónomos y empresas con más de 10 empleados: el 20% de la caída por encima del 30% del volumen de operaciones.
En todo caso, el importe de la ayuda de los números 2 y 3 anteriores no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.
Hay que esperar a la Orden de la Ministra de Hacienda para conocer los detalles.
Además, hay una línea de 3000 millones para re-estructurar los préstamos avalados por el IC
Este Real Decreto-Ley aprueba también una ayuda directa de 3.000 millones, destinada a las empresas que hayan recibido préstamos bancarios avalados por el ICO y necesiten re-negociar su deuda por estar en desequilibrio patrimonial temporal.
Se trata de facilitar la re-negociación de estos préstamos entre el Banco y el deudor, aplicando la ayuda a la reducción del capital pendiente. El Gobierno desea que, en estos casos, los Bancos asuman parte de la reducción.
Esto será detallado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.
A 28 de febrero de 2021 el volumen total de préstamos avalados por el ICO ascendía a 117.000 millones (importe avalado: 89.000 millones). En ese contexto, los 3.000 millones destinados a reducir nominal son una muy pequeña parte.
Los préstamos avalados por el ICO tienen enorme importancia en Cataluña. En Cataluña se han acogido a estos préstamos 118.000 autónomos y empresas (enorme cifra), las cuales han obtenido préstamos por importe de 21.600 millones (183.000 euros de media por empresa), de los que están avalados 16.500 millones). Es un 18,3% del total España.
Nueva moratoria para el vencimiento de los préstamos ICO
En el mismo Acuerdo del Consejo de Ministros se extenderá el plazo de vencimiento de los préstamos avalados por el ICO, lo cual deberá ser respetado en las negociaciones Banco-deudor. Esto es una segunda edición de la moratoria aprobada en noviembre de 2020. Igual que entonces, se trata de ganar tiempo para evitar el impago del préstamo. El impago supone más gasto público para el Estado (por la ejecución del aval ) y más insolvencias para el Banco (por la parte no avalada).
Por favor, que aceleren la vacunación.
Al parecer, las escuelas de español para extranjeros, que dependemos 100% del turismo, no tenemos derecho a estas ayudas. Las casas de apuestas sí, lógicamente. No volverán a tener mi voto jamás