Europa suspende la inmunidad de Puigdemont

La Eurocámara reactivará el proceso en el Tribunal belga que debe decidir sobre su extradición para que pueda ser juzgado en España

Panel que muestra la votación sobre la inmunidad de Puigdemont en la Eurocámara.

El pleno del Parlamento europeo ha dado luz verde al suplicatorio remitido por el Tribunal Supremo por el que se suspenderá la inmunidad parlamentaria del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont para que pueda ser juzgado en España por su papel en el procés.

Los eurodiputados también han aprobado levantar la inmunidad de los otros dos representantes de JxCAT, los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí, a los que también reclama el Supremo. El pleno considera que los hechos imputados son anteriores a que los tres políticos independentistas ocuparan su escaño y no guardan relación alguna con su actividad en la Eurocámara.

En el caso de Puigdemont, la posición de la Eurocámara ha sido aprobado con una mayoría de 400 votos a favor, 248 en contra y 45 abstenciones, según ha anunciado una de las vicepresidentas de la Eurocámara, la ecologista finlandesa Heidi Hautala, al inicio de la sesión plenaria de este martes.

En el caso de sus exconsellers, el resultado varía ligeramente y sus suplicatorios han sido aprobados con 404 votos a favor, 247 en contra y 42 abstenciones.

Esta decisión, sin embargo, no implica una extradición automática sino que servirá para reactivar los procesos abiertos en un tribunal de Bélgica, en el caso de Puigdemont y Comín, y de Reino Unido, en el de Ponsatí, que examinan las euroórdenes que dictó contra ellos el juez Pablo Llarena.

La posición de la Eurocámara se ha decidido por votación secreta pero la mayoría de grupos adelantaron el sentido de su voto en los días previos, lo que permite contar con que la mayoría de los votos en contra corresponden a miembros de los grupos de Los Verdes-ALE (ERC, Catalunya en Comú) y de GUE (Unidas Podemos, EH Bildu).

Las delegaciones del PP, PSOE, Cs y Vox, por su parte, indicaron que apoyarían con su voto los suplicatorios remitidos por el Supremo y apuntaron con que en sus respectivos grupos había amplios consensos para votar en la misma línea.

Los eurodiputados han aprobado en la misma sesión de voto otros dos informes para alzar la inmunidad de dos de sus miembros investigados las autoridades de sus Estados miembros, son los casos del liberal croata Valter Flego (658 a favor, 26 en contra y 13 abstenciones) y del popular portugués Nuno Melo (662 a favor, 21 en contra y 14 abstenciones).

Recurrirán la decisión

Una vez conocido el resultado de la votación, el presidente de la institución, Davi Sassoli, debe comunicar formalmente la decisión a los afectados y también a las autoridades competentes del Estado miembro, en este caso el Tribunal Supremo, a las que pedirá además que se le informe sobre cualquier hecho nuevo que se produzca o sobre cualquier resolución judicial que se dicte en el correspondiente proceso.

El Supremo remitió formalmente los tres suplicatorios al Parlamento europeo en enero de 2020 pero la parálisis forzada por la pandemia de coronavirus bloqueó su tramitación hasta el pasado noviembre, cuando se reactivaron con el aval de los servicios legales de la Eurocámara para celebrar las sesiones confidenciales sobre casos de inmunidad por vía telemática.

En su defensa, los tres eurodiputados de JxCAT han argumentado que el Tribunal Supremo no es la autoridad judicial competente para juzgarles y además denuncian persecución política en España. Con los mismos argumentos, Puigdemont, Comín y Ponsatí dijeron días atrás que si el pleno accedía a levantar sus inmunidades recurrirían la decisión ante la Justicia europea.

Los informes adoptados recogen la posición de la comisión de Asuntos Jurídicos, que sí considera al Supremo autoridad competente y cree que deben aceptarse los suplicatorios porque en los tres casos se refiere a hechos ocurridos antes de que los reclamados ocuparan sus escaños como eurodiputados.

En el caso de Ponsatí, el texto sometido al voto del pleno incluye una corrección porque el documento original adoptado en comisión parlamentaria indicaba por error que la eurodiputada era reclamada por presuntos delitos de sedición y de malversación de fondos públicos, cuando el Supremo solo le imputa el de sedición.

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