El Tribunal Supremo ha resulto este jueves que los gastos de tasación de los préstamos hipotecarios es responsabilidad de los bancos y, por tanto, deben ser éstos los que asuman el coste y no el consumidor, según ha fijado el Pleno de la Sala de lo Civil del alto tribunal.
Con esta sentencia quedan resueltas todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización del préstamo hipotecario. De este modo, esta doctrina supone que los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales.
La resolución solo afecta solo afecta a los préstamos firmados anteriores de la entrada en vigor de la Ley 15/2019, ya que con esta nueva norma sí se establece que la tasación ha de abonarla el prestatario. Solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), en el que las normas tributarias establecen que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores.
Zanjado «por fin» el reparto de gastos
Nada más conocerse el fallo del Supremo, la presidenta de Asufin, Patricia Suárez, ha celebrado que este órgano judicial haya zanjado «por fin» el reparto de gastos y, esta vez, a favor de los consumidores. Desde Asufin han querido hacer un llamamiento para que las entidades financieras devuelvan estos importes a sus clientes sin tener que acudir a tribunales. «Son procedimientos que suponen un alto coste», ha afirmado.
Por su parte, Adicae, aunque ve positivo el fallo, continúa insistiendo en que las entidades financieras son las que deben asumir todos los gastos hipotecarios, incluido el IAJD. «A falta de un mayor análisis de la sentencia del Supremo, recibimos con satisfacción que el Alto Tribunal ratifique el reintegro de los gastos hipotecarios a todos los consumidores con préstamo anterior a la nueva ley hipotecaria», ha indicado.