El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado este martes la petición de la Federación de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm) para suspender cautelarmente la resolución del Govern que limita la apertura de bares y restaurantes al horario de desayunos y almuerzos.
«Es evidente que el virus no se transmite más en unas horas determinadas que en otras, sino que estas largas sobremesas, hablando y sin mascarilla aumentan el riesgo de transmisión del virus», señalan los magistrados al contraponer los argumentos de Fecasarm, y destacan que bares y restaurantes son espacios de relación social más allá del grupo de convivencia y no consideran que sea una restricción desproporcionada.
Fecasarm, en un comunicado, ha anunciado que está valorando recurrir la sentencia ya que consideran que el tribunal «se contradice» y que la medida es «desproporcionada» ya que, según su criterio, este riesgo se puede evitar obligando a los comensales a llevar la mascarilla mientras no estén comiendo ni bebiendo.
El recurso de Fecasarm pedía suspender la restricción que solo permite a la hostelería abrir en dos franjas horarias, desde las 7.30 horas a las 9.30 y de las 13 horas a las 15, y limita el resto de horas al servicio a domicilio. Al recurrir la medida, la patronal señaló que la restricción afecta a unos 200.000 puestos de trabajo, y consideró que es arbitraria, desproporcionada y «discriminatoria» respecto a otros sectores a los que se permite abrir sin limitación horaria.