Dice el artículo 26 de la Constitución: «Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.»
En la sinopsis que ofrece la web del Congreso puede leerse:
«Los tribunales de honor son unas instituciones típicamente españolas, sin parangón en el Derecho extranjero, que nacen en el ámbito castrense para juzgar oficiales, no a suboficiales o clase de tropa (Real Decreto de 3 de enero de 1867). Se extienden luego a la Administración pública (en la legislación de funcionarios civiles de 1918) y más tarde a la esfera privada, en especial a los colegios profesionales.
»Estaban formados por los pares del encausado y tenían por finalidad juzgar la dignidad de éste para pertenecer al cuerpo o profesión de la que era miembro. De resultar declarado indigno, el sujeto era expulsado del cuerpo, sin que pudiera interponer recurso alguno.»
Pues bien, parece que los tribunales de honor han renacido en el seno de los partidos políticos. Aunque no hace falta haber militado en ninguno para saber que de siempre en los partidos la democracia interna es una quimera, la igualdad de oportunidades brilla por su ausencia y la libertad de expresión es más que limitada, ahora se están dando pasos de gigante en dirección contraria al juego limpio y a la transparencia.
Si bien «su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos» (CE 6), lo habitual en los partidos es que se inspiren en las obras de Kafka.
El caso Eduard Pujol
Eduard Pujol, diputado y portavoz de JxCat en el Parlamento de Cataluña, ha tenido que dejar su escaño y ha sido suspendido de militancia «después de que el partido haya tenido conocimiento de varios casos que podrían ser constitutivos de acoso sexual», informa el diario Ara. Podrían. ¿Quién ha de determinar si se ha producido acoso sexual?
La vicepresidenta de JxCat, Elsa Artadi, «ha explicado que no se iniciará una investigación interna porque esta cuestión tiene que ser dirimida en el ámbito judicial si finalmente se acaba presentando una denuncia en los juzgados». Si tiene que haber una denuncia, ¿a qué espera la víctima? Si no ha habido investigación interna, significa que el partido ha emitido un veredicto de culpabilidad y aplicado una pena sin que haya habido ningún proceso, ni el acusado haya podido defenderse.
«Si tiene que haber una denuncia, ¿a qué espera la víctima? Si no ha habido investigación interna, significa que el partido ha emitido un veredicto de culpabilidad»
Manuel Castaño
Otros medios, como Vilaweb, añaden que Artadi «ha instado a Pujol a dar explicaciones públicas», es decir: se le insta a dar explicaciones sobre unos hechos que no se han denunciado y sobre un castigo que sí se ha aplicado. Se parece mucho a una purga estalinista, sólo falta que se le inste a declarar públicamente que los dictados del partido son siempre correctos.
El caso Alfred Bosch
Mediante estos procedimientos opacos, el daño producido a la reputación de una persona es irreversible.
El marzo pasado Alfred Bosch (ERC) dimitió como consejero de Exteriores, no por haber protagonizado un acoso sexual, sino por no haber actuado con la diligencia debida ante unas acusaciones a su jefe de gabinete, Carles Garcias.
A primeros de mes, ACN informava que ERC exonera Alfred Bosch del caso:
«El expediente abierto al exconsejero de Acción Exterior Alfred Bosch en calidad de superior jerárquico de Garcias (…) ha quedado archivado y sin imposición de sanción alguna.»
Y explican por qué: «Las conclusiones del expediente consideran que Bosch asumió “motu propio las máximas responsabilidades políticas que se le podrían exigir, al dimitir de manera inmediata tanto de los cargos públicos como orgánicos cuando el caso trascendió” (…) “La instrucción realizada constata que el Sr. Bosch actuó guiado por el principio de prudencia, y ha quedado probado que recogió indicios para poder actuar si procedía, como así hizo el 24 de enero cesando al Sr. Garcias, mucho antes de que el caso se hiciera público”.»
Si esto fue así, actuó correctamente; pero no será restituido en el cargo de consejero de Exteriores, ni volverá al gobierno, el menos en esta legislatura.
Para completar el relato kafkiano, el mismo partido que le exonera de negligencia hace constar en el párrafo siguiente que le ha sometido a un proceso de reeducación al más puro estilo maoísta:
«Tal como el mismo Bosch explicó en una comparecencia en comisión en el Parlamento, ERC ha recordado que el exconseller ha iniciado un proceso de formación personal en el ámbito de la igualdad de género y la no discriminación, y “cuenta con el apoyo del partido y el acompañamiento de entidades feministas legitimadas”.»
El caso Quim Arrufat
Una de las figuras más conocidas de la CUP, y diputado de 2012 a 2015, Quim Arrufat se fue del partido a consecuencia de «dos denuncias internas por casos de abusos sexuales», pero los hechos no se han aclarado.
Ahora, un artículo firmado por «48 dones de l’espai polític de la CUP» —No ens fareu fora— da otra vuelta de tuerca al mecanismo de confusión con que ese partido dirime sus asuntos internos y se presenta ante la sociedad.
«A través de las noticias y reacciones posteriores en las redes constatamos que, una vez más, se ha cuestionado el testimonio de dos mujeres y que se las ha victimizado de nuevo.» ¿Cómo se puede cuestionar un testimonio que no se ha hecho público? ¿Cómo se puede «victimizar» a quien no se conoce?
«El debate público en torno a esta noticia se ha centrado, de nuevo, en la actuación de las víctimas y de la organización en la que se han dado los casos, y no en la problemática existente y preocupante de la violencia machista.» La «problemática» es de sobras conocida y nadie niega la existencia de delitos violentos en la sociedad, pero es comprensible un poco de choteo cuando ciertos sucesos se dan en una organización que se ha presentado siempre como un dechado de virtudes y especialmente de virtudes feministas.
«Hemos visto como él [Quim Arrufat] ha cuestionado a estas mujeres, ha minimizado las agresiones, las ha acusado de utilizar la denuncia por un objetivo personal o político, y ha amenazado con hacer públicos sus nombres. Hemos visto cómo ha empleado su altavoz para alimentar los mitos sobre las denuncias falsas y las violencias machistas en su propio beneficio. Ante esta actitud, mantenerse en silencio no nos parece éticamente aceptable.» Lo que no es éticamente aceptable es lanzar acusaciones contra alguien y, por el simple hecho de lanzarlas, esperar que el acusado no recurra a todos los medios a su alcance para defenderse. En cualquier caso, su inocencia o culpabilidad no se dirimirá por votación en las redes sociales ni a golpe de artículo de opinión.
«La «problemática» es de sobras conocida y nadie niega la existencia de delitos violentos en la sociedad, pero es comprensible un poco de choteo cuando ciertos sucesos se dan en una organización que se ha presentado siempre como un dechado de virtudes»
Manuel Castaño
Las «48 mujeres» han empezado el suyo dando por sentadas dos premisas: que «más de la mitad de las mujeres hemos sufrido diversas formas de violencia machista» y que «un hombre puede cometer una o más agresiones machistas a lo largo de su vida sin ser consciente de ello, dado que todavía hay muchas violencias machistas que no se reconocen como tales».
Aunque el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, estaría bien que todo el mundo tuviera claro cuándo, cómo y por qué puede ser autor de un delito. Por ello convendría establecer, con ideas claras y distintas, qué actos, actitudes, gestos o palabras pueden ser calificados de «violencia machista» por estos nuevos tribunales de honor que juzgan en base a la inversión de la carga de la prueba —es el acusado quien tiene que demostrar su inocencia— y deciden el destino de alguien por razones que permanecen ocultas al común de los mortales.
Es posible que Eduard Pujol, Alfred Bosch y Quim Arrufat sean culpables de graves fechorías, pero el procedimiento por el que han sido apartados de la vida pública los desacredita menos a ellos que a los que los han condenado.