Iu Forn, en El Nacional, se ha acordado de que ya hace tres años de los famosos plenos del 6 y 7 de septiembre, donde se aprobaron las llamadas leyes de desconexión: la del referéndum de autodeterminación de Cataluña (19/2017) y la de transitoriedad jurídica y fundacional de la República Catalana (20/2017).
Fueron 48 horas que cambiaron Catalunya, como explicó Carles Castro un año después en La Vanguardia: «A un lado, se situaba la legalidad constitucional y estatutaria que exige el apoyo de una mayoría de dos tercios del Parlament para abordar cualquier cambio en el nivel de autogobierno de Cataluña; al otro, una propuesta de ruptura y cambio de régimen político —la república catalana por la vía del referéndum unilateral— impulsada por la mayoría absoluta soberanista de la Cámara.» Una mayoría de sólo 72 escaños en un Parlamento de 135.
Entonces quedó claro que no había marcha atrás y que estaban decididos a, como establecía el artículo 1 de la Ley 20/2017, constituir Cataluña «en una República de Derecho, democrática y social». Fue una oportunidad desaprovechada por el gobierno central de aplicar el artículo 155 de la Constitución española, como tuvo que hacer más tarde. Hubiera habido reacciones tumultuarias, ya que formaban parte del plan, pero al menos nos habríamos ahorrado las tristes imágenes de encontronazos con la policía ante colegios electorales.
Volviendo a Iu Forn, aprovecha la efeméride para volver a «felicitar al unionismo por colocar el relato de aquellos debates donde más les convino e instalar la idea de que aquello fue un golpe de estado». Todo el mundo intenta colocar el relato donde más le conviene, lo extraño sería lo contrario. Si se puede o no calificar de golpe de estado lo sucedido en aquellos dos días es una cuestión académica que puede hacerse interminable. Hay quien preferirá situar el día del golpe en el 1 de octubre, o en el 10, con el discurso del presidente de la Generalitat ante el Parlamento, o el 27, con la proclamación de independencia. Da lo mismo, son diferentes momentos de un mismo proceso.
«Y —prosigue Iu Forn— aprovecho para recordar a los indepes que no explicarse regaló todo el espacio al rival. Y lo peor es que pareció que les diera vergüenza salir a decir: “Sí, hemos aprobado estas leyes, ¿algún problema?”» Tal vez no se explicaron bien, pero se explicaron mucho. Esos días no se hablaba de otra cosa. Y la tensión en la población iba en aumento.
Vergüenza, ninguna. El espíritu con que fueron aprobadas quedó reflejado meses antes en una fotografía de Efe en que aparece Carles Puigdemont, en actitud serena pero desafiante, ante una repisa donde están colocados cinco apercibimientos del Tribunal Constitucional sobre el referéndum que se disponía a convocar. De fondo, un cuadro de Tàpies con la leyenda «Catalunya endavant» completa la puesta en escena.
¿Sigue vigente?
Lo mejor de Iu Forn viene enseguida: «Por cierto, la Ley de Desconexión todavía está vigente, un caso único de leyes aprobadas en un Parlament golpista que posteriormente ha pasado por un 155 y por una administración política laminada y descapitalizada de manera total y absoluta en manos de quién dice que sufrió el golpe de estado.»
¿Qué ley está todavía vigente? La Ley de transitoriedad no entró nunca en vigor. La Wikipedia no es como la palabra del juez Marchena pero para esto puede servir, y ahí leemos: «El mismo día 8 de septiembre, el Consejo de Estado aprobó la presentación ante el Tribunal Constitucional de un recurso de inconstitucionalidad “contra la totalidad de los preceptos que la integran”, “dado que la Ley persigue la negación de la Constitución en Cataluña y la configuración de los elementos básicos de un Estado nuevo”. El 12 de septiembre, el Tribunal Constitucional acordó la suspensión de la “Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República” (…) El acuerdo implica “la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada, desde la fecha de interposición del recurso”.»
¿En qué se basa para decir que está vigente, contradiciendo la más elemental lógica jurídica y la memoria de todos los que vivimos esos momentos? ¿En que en caso de «volverlo a hacer» podrían recuperarla unilateralmente? Ésta u otra da lo mismo, puesto que el requisito previo sería, como entonces, una ruptura de la legalidad.
El problema de artículos como éste es que lo leen sólo los previamente convencidos y se lo creen todo a pies juntillas. ¿Puede alguien pensar seriamente que la ley de transitoriedad está ahí esperando a que alguien se atreva a empezar a aplicarla? Sí, los mismos que creyeron, hace tres años, que había unas estructuras de estado a punto de ser desplegadas, o que ahora van diciendo que Puigdemont tiene cartas bajo la manga que cuando las juegue nos llevarán a la independencia en cuatro días.