La Federación Catalana de Locales de Ocio Nocturno (Fecalon) ha recurrido ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la decisión de la Generalitat de prohibir la apertura de discotecas y otros locales de ocio nocturno para frenar los contagios de coronavirus.
En el recurso, consultado por Europa Press, la patronal catalana del ocio nocturno alega la protección de derechos fundamentales, y pide al tribunal suspender cautelarmente la resolución de la Generalitat del viernes para contener los brotes de Covid-19.
Ve vulnerados los derechos a la libertad de empresa, a la dignidad de la persona y a la igualdad ante la ley, y considera que un juzgado de lo Contencioso Administrativo debería haber ratificado las medidas «que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental».
Limitación de los derechos fundamentales
Argumentan en el texto que los derechos fundamentales no pueden limitarse, tampoco ante una aparente justificación, porque «la necesidad y el miedo no lo justifica todo».
«Se señala al ocio nocturno en general como responsable del incremento de rebrotes, pero se elimina toda referencia a las medidas de distanciamiento que en estos establecimientos se toman, y que en cambio son inexistentes en botellones», lamenta la patronal sobre las comunicaciones públicas del Govern respecto a los contagios en fiestas nocturnas, y asegura que hasta ahora ningún brote de coronavrius ha empezado en una discoteca de Cataluña.
La resolución de la Generalitat a la que se opone Fecalon suspendió, desde las 00.00 horas del sábado la apertura de discotecas, salas de baile y de espectáculos en toda Cataluña, y limitó hasta medianoche el horario de bares, restaurantes, chiringuitos, salas de juego, bingos y casinos en los municipios con medidas restrictivas para contener los brotes de coronavirus: Barcelona y área metropolitana, varias poblaciones de Lleida, Figueres y Vilafant.