La exclusión del castellano que practica el nacionalismo o sus variantes en las comunidades donde gobierna choca una y otra vez con las sentencias judiciales. Si el Tribunal Supremo, por ejemplo, ha dictaminado en más de una ocasión que el castellano debe ser lengua vehicular en Cataluña al menos en un 25% —proporción que, según la Asamblea por una Escuela Bilingüe, no cumple ni un solo colegio catalán—, ahora ha vuelto a abogar por el bilingüismo, pero esta vez en la Comunidad Valenciana. En concreto, el alto tribunal ha anulado la prioridad del uso del valenciano como prioritario en la Administración, tal y como había impuesto por decreto a los funcionarios de la región la Generalitat.
La resolución ratifica el veredicto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 2018 y falla “no ha lugar” el recurso interpuesto por la abogacía de la Generalitat y la Intersindical Valenciana. Aquella sentencia anulaba 11 artículos de un decreto del año anterior de la Generalitat Valenciana que daba un uso destacado al valenciano sobre el castellano. La preferencia del uso del valenciano debía aplicarse en aspectos como las notificaciones entre los empleados públicos y la de estos con los ciudadanos, las publicaciones y publicidad institucional, los contratos con proveedores, y la rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias y servicios de interés público que depende de entidades locales.
Para justificarlo, la Generalitat se basaba en el artículo 4 del Decreto, que establecía que “el valenciano es la lengua propia de la Administración de la Generalitat y, como tal, será la lengua destacada de uso normal y general” —no obstante, también se añadía que de esta declaración no podía entenderse “ninguna limitación respecto de la otra lengua oficial”—. El recurso argumentaba que la Justicia, «poniendo el acento en la diferencia nominativa, obvia que hay una única lengua, que es oficial en la Comunitat Valenciana y en otras comunidades autónomas, en las que recibe distinta denominación«.
Las comunicaciones entre Cataluña y Valencia deben incluir una traducción al español
Por otra parte, en el recurso de casación ante el Supremo, la abogacía de la Generalitat Valenciana defendía la legalidad de no traducir al castellano, excepto cuando se pidiese lo contrario, las comunicaciones con autonomías en las que el catalán también fuese lengua oficial. De esta forma, pedía al alto tribunal hacer posible que las administraciones valencianas, al emitir notificaciones o redactar documentos con efectos en esas otras comunidades autónomas, lo hicieran solo en lengua valenciana, «allí denominada catalán«.
Estos argumentos no han convencido al Supremo, que ha confirmado la sentencia del TSJCV que estimaba que la Generalitat Valenciana no era competente para resolver si empleaba únicamente el valenciano o catalán en sus comunicaciones con las comunidades del “mismo ámbito lingüístico”. Y es que, recuerda el alto tribunal, esta competencia “está atribuida de forma exclusiva al Estado, según la distribución de competencias que establece el artículo 149.1.18″ de la Constitución.
Quim Torra considera la sentencia una “burla monstruosa”
La reacción del presidente de la Generalitat, Quim Torra, no se ha hecho esperar, y ya ha anunciado que el gobierno catalán no piensa acatar el dictamen del Supremo. Así lo expresó ayer en su cuenta de Twitter: “Acatar esta sentencia sería aceptar una burla monstruosa e ignominiosa a nuestra lengua. Desde luego, la Generalitat de Catalunya seguirá comunicándose en catalán, lengua común, con los gobiernos de las Islas Baleares y del País Valencià”. Vale decir que Torra basa su rechazo en una información del diario Vilaweb que reza que el “Supremo obliga al Pais Valenciano y Cataluña a comunicarse exclusivamente en castellano”. Esta interpretación —que es también la de otros diarios— no es correcta, pues lo que establece el alto tribunal es que las comunicaciones entre ambas administraciones no se efectúen únicamente en catalán.